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El alta en la AEAT y autónomos. Los falsos mitos.

21/12/2022
Alta de autonomo

Sabemos que respecto del alta en AEAT y autónomos hay mitos varios por la red y los medios de comunicación.

Hoy vamos a tratar una casuística sencilla que muchas veces llega a nuestra asesoría.

Persona que quiere facturar trabajos que desarrolla durante un tiempo largo

La solicitud que normalmente recibimos es "Necesito ayuda para darme de AEAT solo para facturar, no necesito ser autónoma"

Bien pero la situación, una vez profundizas, ¿cuál es?

  • Trabajo que ese desarrolla durante semanas, incluso a veces en meses.
  • Pretensión de realizar el alta/baja varias veces durante el año.

¿Qué podemos deducir de ello a primera vista?

  • Existe lucro.
  • La tarea se realiza habitualmente y de manera recurrente.
  • Además, es personal y directa. Es decir, la realiza la propia persona de manera autónoma, sin contrato laboral alguno.

En principio, ya tenemos todo los indicios para decir que estamos realizando una actividad y que debemos ser autónomo. No quedará duda alguna de ello, ni resquicio al que agarrarse si además de lo indicado, para hacer la actividad tenemos: un local para la actividad, una tienda online, un blog, una web o RRSS (desde donde se publica la actividad), entre otros.

Pero, entonces, ¿Cuándo estaré seguro de que solo necesito darme de alta en Hacienda?

Sencillo, simplemente debes considerar que cuando realices dichos trabajos los hagas solo de manera puntual y que no sean continuados en el tiempo.

Podrías hacerlo un par de veces en el año pero sin excederte en las altas/bajas de Hacienda ya que saltarían las alarmas. Y se podría determinar que estás realizando una actividad habitual y recurrente (es decir que seas autónomo y tengas que darte de lata también en la Seguridad Social).

Por supuesto, guarda siempre toda la evidencia posible para defender tu situación si se trata de una actividad ocasional. Pero bueno, este consejo es aplicable a cualquier variable interpretable. La recomendación es que siempre puedas probar tus hechos con el mayor número de pruebas posibles.

Y si me doy de alta solo en Hacienda ¿Cuáles son mis obligaciones?

Obviamente, si emites facturas tus obligaciones no se queda solo en ello. Acabarás teniendo unas obligaciones similares a las de un autónomo.

  • Presentación de los modelos trimestrales, así como el pago de impuestos procedentes
  • Presentación de los modelos anuales que procedan

¿Por qué se presentarán los modelos anuales?

Porque son obligatorios para realizar el resumen anual de todos los trimestres. Además, hemos de tener en cuenta que, por poner un ejemplo, el modelo 130 es el que se toma como base para cotejar los datos de tus rentas para realizar el modelo 100 (declaración de la renta) entre abril y junio

En definitiva, define tu situación y actúa de manera coherente.

Procede a definir la casuística concreta de la actividad que vayas a realizar. Normalmente es sencillo saber en qué situación se encuentra cada uno. La disyuntiva de elección siempre se produce para intentar pagar menos impuestos.

Nuestro consejo es que actúes de manera correcta. Si debes ser autónomo, date de alta en Hacienda y Seguridad Social. Si realmente el trabajo es puntual y aislado en el tiempo, en principio, podrás darte de alta solo en Hacienda.

Pero recuerda que si no se actúa correctamente, las Administraciones pueden detectar incoherencias fácilmente. Esto derivaría en inspección por parte de las mismas que, en caso de no poder defender tu situación, podrá acabar en sustos en modo de sanciones y recargos entre otras cosas.

¿Sigues teniendo dudas? Contacta con tu asesor y explícale bien tu situación para que pueda ayudarte.

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